Objetivo

El Comité de Acceso a Mercados fue establecido en el Art. 3.17 del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico, el cual está formado por representantes de cada una de las Partes. Su competencia es con respecto a las disciplinas del Capítulo 3 “Acceso a Mercados”, donde se instauran las condiciones arancelarias y no arancelarias para el comercio de mercancías entre los cuatro miembros de la AP.

Además, los compromisos arancelarios respecto de las mercancías en el Protocolo se establecen en las Listas de eliminación arancelaria de cada Parte (Anexo 3.4). Las Listas representan compromisos para no incrementar ningún arancel aduanero existente, ni adoptar ningún arancel aduanero nuevo, sobre mercancías originarias.

Funciones

Entre sus funciones se encuentran las siguientes:

  • Seguimiento al cumplimiento, aplicación y correcta interpretación de las disposiciones acordadas;
  • Foro de discusión y consulta;
  • Abordar los obstáculos al comercio de mercancías entre las Partes;
  • Hacer recomendaciones a la Comisión de Libre Comercio.

Mandato

El mandato del Comité de Acceso a Mercados para 2022 es:

“Coordinar con otros Comités y/o Grupos de Trabajo la implementación de acciones para promover una mayor utilización del Protocolo Comercial de la Alianza del Pacífico, particularmente, sobre las acciones de promoción y capacitación al sector productivo de la región, teniendo en consideración, entre otros, la equidad de género.”

Fuente: Anexo 2, Declaración de Bahía Málaga – Buenaventura

https://alianzapacifico.net/instrumentos-declaraciones-presidenciales/

Puntos de contacto en cada país:

CHILE

[email protected]

COLOMBIA

MÉXICO

[email protected]

PERÚ

[email protected]