Integración financiera

Alianza del Pacífico (junio 6 de 2017). La integración financiera constituye uno de los ejes centrales de la Alianza del Pacífico (AP). En este sentido, en el marco de la Cumbre de Paracas de 2015, se creó el Consejo de Ministros de Finanzas del bloque para promover la integración económica y financiera regional. Esta iniciativa se ha consolidado como el ejercicio de integración más prometedor de toda la región.

La creación de un mercado financiero de la Alianza del Pacífico, que abarque tanto el mercado de capital como el de deuda, implica un gran reto para los países del bloque. Para abordar dicho desafío, en la XII Reunión de Ministros de Finanzas de la Alianza del Pacífico (2017), se constituyó el Grupo de Trabajo Público-Privado en Integración Financiera donde participan autoridades y representantes del sector privado de los cuatro países.

De acuerdo con el Consejo Empresarial, el objetivo de este grupo es avanzar de manera focalizada en la integración financiera de la AP mediante propuestas concretas de corto plazo y el diseño de una agenda de trabajo de mediano y largo plazo orientada a esta temática. El grupo trabaja en la construcción de una hoja de ruta que plantea propuestas de cambios importantes para alcanzar un mayor grado de integración financiera entre los países de la AP.

En seguimiento a las recomendaciones del sector privado y en cumplimiento a los objetivos del Consejo, los grupos de integración financiera, homologación tributaria y estándares regulatorios, conformados por los Ministerios de Finanzas de los países miembros, han avanzado en temas como el Pasaporte de Fondos, Inclusión Financiera y Fintech.

Inicialmente, el enfoque estuvo en extender los esfuerzos adelantados por las bolsas de valores de los países de la Alianza y ampliar la gama de instrumentos que pueden ser transados en el Mercado Integrado Latinoamericano (MILA). Es así como actualmente pueden negociarse instrumentos como valores de renta fija, fondos de inversión listados y derivados, tanto en el mercado primario como en el secundario.

Posteriormente, inició el trabajo para la creación de un Pasaporte de Fondos. Este pasaporte permite que los fondos de inversión autorizados por un país miembro de la alianza puedan ser comercializados en cada país del bloque, facilitando el acceso de los fondos a nuevos mercados y ampliando la oferta de productos para los inversionistas locales. Para esto, se elaboró un documento de intención para el pasaporte de fondos entre los supervisores de valores y los Ministerios de Finanzas de los cuatro países miembros y se expidieron algunas normas que permiten la comercialización de Fondos de Inversión colectiva abiertos y no listados. en diciembre de 2017 fue expedida la ley del mercado de valores de Perú que otorga facultades a la Superintendencia del Mercado de Valores para exceptuar de requisitos de inscripción a fondos en el marco de procesos de integración financiera. En el Caso de Colombia, en octubre de 2017 se expidió el Decreto 1756.

Otro de los proyectos gestados en el grupo de integración financiera busca fomentar la participación de inversionistas institucionales en los mercados de capitales de los demás países de la Alianza, por lo que es necesario eliminar barreras que impiden la inversión de Fondos de Pensiones en los mercados de los demás Países de la AP. A la fecha, se han adelantado varias acciones en pro de alcanzar la meta, entre las que se encuentra la incorporación que hizo Colombia en la reforma tributaria, aprobada en diciembre de 2016, en donde elimina el impuesto a la inversión extranjera de fondos de pensiones de países con los que la Superintendencia Financiera de Colombia tiene acuerdos de intercambio de información y protocolos de supervisión conjunta, como los que en la actualidad tiene con los supervisores de pensiones de Chile, México y Perú. En agosto de 2017, el Banco Central de Chile emitió la norma que autoriza a las AFP chilenas a invertir directamente en los otros países de la AP. Así mismo, el Banco Central de Reserva del Perú incrementó el límite de inversión en el exterior de sus fondos de pensiones de 42% a 48%.

Por otra parte, se han adelantado esfuerzos para lograr la homologación en los Convenios que evitan la Doble Imposición (CDIs) entre los países miembros y el tratamiento tributario aplicable a los ingresos por intereses y ganancias de capital obtenidos por los fondos de pensiones en las inversiones que realicen en este bloque comercial. Para esto, en octubre de 2017 se firmó un convenio multilateral de doble tributación para el tratamiento de las rentas de Fondos de Pensiones entre los cuatro países miembros, el cual se encuentra en proceso de ratificación ante los congresos de los cuatro países.

Finalmente, para promover principios generales que enmarcan las discusiones regulatorias en temas de innovación financiera, el Consejo de Ministros de Finanzas avanzó en la realización de un documento que identifica los elementos que se deben tener en cuenta en una regulación Fintech. También se identifican los marcos regulatorios que los países tienen vigentes, los puntos de contacto en cada uno de los gobiernos y un mapeo detallado del estado de la industria en cada país.

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